Todos quienes se sienten víctimas de violentos cobradores acosadores, a partir de mañana viernes 23 de junio pueden denunciarlos penalmente, y los indiciados merecerán prisión de uno a cuatro años y multa de 50,000 a 300,000 pesos.
En México un nuevo delito se suma al Código Penal Federal: Amenazas y cobranza extrajudicial ilegal.
El Congreso de la Unión lo tipifica en el universo de los “Delitos contra la paz y seguridad de las personas”, que incluye sólo dos capítulos: Amenazas y Allanamiento de morada y asalto.
Según el decreto que tipifica este nuevo delito, publicado hoy por el DOF, toda persona que cobre una deuda, incluyendo aquellas que deriven de crédito o financiamiento, usando la violencia o la intimidación ilícitos ya puede ser denunciada penalmente, en la PGR, para que afronte un proceso penal federal.
De ejercer este derecho, todas las personas que sufren el acoso de los cobradores a todas horas del día, las agencias receptoras de denuncias se verán saturadas a partir de mañana viernes, cuando entra en vigor la sanción para este nuevo delito.
A partir de mañana, los “cobratarios” tendrán que modificar sus prácticas de cobranza para adecuarlas al marco legal, si no quieren que los citen a declarar al Ministerio Público o terminar en un reclusorio con antecedentes penales.