Jovencita extraviada en Cancún la encuentran en Sucilá con su novio

La plaza principal de Sucilá, comunidad de Yucatán donde encontraron a una menor extraviada. Foto de Elchilambalam

La plaza principal de Sucilá, comunidad de Yucatán donde encontraron a una menor extraviada. Foto de Elchilambalam

Diecinueve días de incertidumbre vivieron los padres de D.P.C.M., quien a sus 13 años de edad dejó la casa familiar en Cancún el 26 de diciembre y el miércoles 13 fue encontrada con su novio en Sucilá, Quintana Roo, de acuerdo con un reporte de la Fiscalía de Yucatán.

Idelfonso C.E. denunció, en el Ministerio Público de Cancún, que el 26 de diciembre en la mañana salió a trabajar y, luego, otra de sus hijas le informó que D.P.C.M. no estaba en su habitación, como tampoco sus cosas, hechos que se asentaron en el acta circunstanciada 1904/2015 por extravío de persona.

Vecinos dijeron al padre de la menor que vieron al hermano del novio de la joven sacar varias maletas del domicilio por la mañana.

Los policías ministeriales asignados al caso averiguaron que la menor de 13 años se encontraba en Sucilá en compañía de su novio, quien desde hace 10 días abandonó Cancún para reunirse con ella.

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Agentes ministeriales de Yucatán encontraron a la menor en calles de Sucilá y la llevaron al edificio de la Fiscalía en Yucatán, donde un médico certificó que se encontraba en buenas condiciones de salud, y la turnó ante la agencia correspondiente.

El miércoles 13 en la noche la menor fue entregada a su padre, quien acompañado de agentes ministeriales de Cancún viajaron a Yucatán.

El novio no fue detenido.

En Yucatán se necesita que la persona ofendida o sus padres interpongan una denuncia por estupro para que se proceda contra la otra parte involucrada. De acuerdo con el Código Penal de Yucatán (artículo 311), “al que tenga cópula con persona mayor de doce y menor de dieciocho años de edad, obteniendo su consentimiento por medio de engaño, se le aplicará de tres meses a cuatro años de prisión.

En tanto el Código Penal de Quintana Roo, en el artículo 127 que tipifica el  delito de violación, establece que “al que realice cópula con persona menor de catorce años de edad o que por cualquier causa no esté en posibilidades de producirse voluntariamente en sus relaciones sexuales o de resistir la conducta delictuosa, se le impondrá prisión de 30 a 50 años o prisión vitalicia y multa de 2,000 a 3,000 días” de salario.

En Quintana Roo, el mismo Código establece que sólo hay estupro si la menor tiene entre 15 y 17 años. “Al que por medio de engaño realice cópula consentida con persona mayor de catorce y menor de dieciocho años de edad, se le impondrá prisión de cuatro a ocho años”, dice en su artículo 130.

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