Diputada de Yucatán que capturó pulpo en veda merece por lo menos 4 meses de cárcel

La diputada Kathia Bolio Pinelo en la web del Congreso local de Yucatán

MÉRIDA, 7 de febrero de 2019 (MayaPolitikon).– Tras la doble confesión de la diputada panista Kathia Bolio Pinelo, “la pescadora de pulpo en tiempos de veda”, solo resta saber si la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente la sancionará o si, como en casos similares, sólo quedará en el escarnio público.

De lo que no hay duda es que sí cometió un delito.

Ella misma se evidenció,  confesó y hasta aportó pruebas contra sí misma.

El lunes 4 de febrero la diputada local Kathia Bolio Pinelo (PAN, Yucatán) presumió una foto en sus redes sociales donde figura ella sosteniendo un pulpo recién capturado en costas de Yucatán, pese a que la especie está en veda.

Con ello abrió su propia caja de Pandora. Desde entonces no dejan de llamarla delincuente.

El martes 5 publicó en Facebook un comunicado que empeoró su imagen pública. Ahora también le dicen legisladora ignorante. Como un extra, le señalan que su escrito es ilógico.

“Derivado de las publicaciones en redes sociales, sobre una actividad familiar realizada la mañana del lunes, la pesca deportiva es una actividad que realizo desde mis primeros años de vida, quienes practican esta actividad saben que no se puede saber que (sic) especie marina se prenda al anzuelo, que fue lo que sucedió con un ejemplar de pulpo, solo uno, como cualquier ser humano cometí un error por desconocimiento de los tiempos de veda del pulpo… También aclaro que no comercializo o industrializo ninguna especie, lo captura siempre ha sido y será para el consumo de mi familia. Lo que derive de lo establecido en la leyes ambientales y las autoridades lo acataré de inmediato por el error de haber capturado un ejemplar de pulpo en tiempos no permitidos”, escribió.

Su intento de explicación de los hechos se transformó en su confesión documentada.

La foto de Kathia Bolio Pinelo en su cuenta de Facebook, de la cual se originó la polémica

Además, desató a las Furias de las redes sociales. (No, ella no se ve a sí misma como Orestes, pues en su escrito no dice que es consciente de que cometió un delito ni dice que lo lamenta­.)

No faltan quienes le señalan que si desde niña hace pesca deportiva, cómo es que ignora los tiempos de las vedas, cómo es que no sabe que todo ejemplar de captura restringida que pica el anzuelo se devuelve al mar; que éste no se destina ni siquiera al consumo familiar.

Ella alega error; las Erinias de la Red acusan delito y exigen castigo.

Ambos tienen la razón.

A las primeras les asiste el Código Penal Federal, que sanciona con “prisión de uno a nueve años y multa de 300 a 3,000 días a quien capture especies acuáticas en veda”.

CON SÓLO LEER UN POCO…

A la legisladora le podría ayudar el mismo código, que en el artículo 15 prevé 10 casos en que se excluye un delito. Uno, el octavo, es que “se realice la acción o la omisión bajo un error invencible”.

¿Es ese el clavo ardiente del que se aferra la legisladora?

Un error invencible en derecho penal es aquel del que no se puede salir.  “Es vencible  o invencible si la persona podría, o no, haber salido de su equivocación con un poco de diligencia (como leer las leyes que regulan la pesca deportiva)”, se precisa en la web DR Abogados.

Pero el Código Penal Federal no le pone fácilmente un lavatorio de manos al delincuente.

El artículo 66 le cae como anillo al dedo a Kathia Bolio Pinelo: dice que si el sujeto alega que desconoce la ley o el alcance de ésta es un error vencible se está ante un delito culposo, es decir por negligencia o imprudencia, y “la pena será de hasta una tercera parte del delito que se trate”.

Así, según el Código, la diputada sí tiene responsabilidad penal y conlleva sanciones.

Como su dieta mensual de legisladora es de $35,000 (además vales y apoyo), la multa sería de $350,000 a $3,500,000 si se tificara el delito doloso, intencional.

Pero como su ilícito puede clasificarse como culposo, bajaría a cuatro meses en la penitenciaría y al pago de $116,666 o hasta $1.166,666… aunque alegue que capturó “solo un pulpo”.

PENA ADICIONAL SI FUE EN ÁREA NATURAL PROTEGIDA

Eso si luego no resulta que practicó la pesca deportiva en un área natural protegida (no ha dicho dónde capturó al molusco, aunque su Facebook sugiere Uaymitún).

Si esto fuera así, entonces “se aplicará una pena adicional hasta de tres años más de prisión y hasta mil días multa adicionales”.

Pero es muy probable que todo quede en el linchamiento público, como sucedió con el entonces senador Emilio Gamboa Patrón (PRI).

El 30 de septiembre de 2016 Gamboa Patrón, en un helicóptero, aterrizó en el Área Natural Protegida Arrecife Alacranes.

Al final la Profepa impuso cuatro multas por un total de $1.277,104.04, pero ninguna al legislador.

Los sancionados fueron el arrendatario y dueño del helicóptero, y el dueño del yate “Maharani”, con $851,281.02 (equivalente a 11,655 unidades de Medida de Actualización).

Asimismo; el patrón del yate, con $175,296 (2,400 UMA) y el piloto del helicóptero con $250,527.02 (3,430 UMA).

El artículo 66 le cae como anillo al dedo a Kathia Bolio Pinelo: dice que si el sujeto alega que desconoce la ley o el alcance de ésta es un error vencible se está ante un delito culposo, es decir por negligencia o imprudencia, y “la pena será de hasta una tercera parte del delito que se trate”

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